Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 28 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo NUTRISAUDE.
Expediente: N-0491670
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9359333
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0491670
Fecha de resolución: 21/07/2026
Clases: 44
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta deambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez quela combinación de vocablos que se propone no permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de productos o servicios, sin incorporar elementos adicionales que lo doten de singularidad suficiente para acceder al registro. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto por el elemento «NUTRI», abreviatura para aludir a nutrición o a los servicios relacionados con la alimentación, y el término «SAUDE», que significa «salud» en gallego. Enrelación con los servicios prestados por un nutricionista, el conjunto será percibido de forma inmediata por el público pertinente como una indicación de que los mismos consisten en servicios de nutrición orientados a la salud o destinados a mejorar el estado de salud mediante la alimentación. De este modo, el signo describe directamente el objeto, destino y ámbito de los servicios solicitados, sin requerir esfuerzo interpretativo alguno por parte del consumidor.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado