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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Números Primos.


Solicitud de marca suspendida

Números Primos

Expediente:  N-0494798

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  9090852

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0494798

Fecha de resolución:  12/03/2026

Irregularidades:  El solicitante carece de domicilio o establecimiento industrial o comercial efectivo y serio en el E EE (Espacio Económico Europeo) (art 56.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de dici embre, de Marcas) por lo que debe actuar representado por Agente de la Propiedad Industrial (art.175 .2 de la Ley 24/2015, de Patentes). Debe aportarse el poder de representación, personándose en este expediente el Agente que se designe. En caso de no subsanar este defecto, se le tendrá por desistido de esta solicitud, dado que el solicitante no está habilitado para intervenir por sí mismo en este procedimiento. La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: E n la Clase 35:-" servicios de patrocinio y marketing" es impreciso. Podría quedar definido como: "Promoción de productos y servicios mediante patrocinio".-"gestión de espacios publicitarios en medios digitales" es impreciso. Podría quedar definido como: "Suministro de espacio en sitios web p ara publicidad de productos o servicios".-"elaboración de contenidos de carácter económico y fin anciero con fines publicitarios o promocional" es impreciso. Podría quedar definido como: "Desarroll o del contenido publicitario de folletos para terceros de carácter económico y financiero".En la Clase 41:-"servicios de información y divulgación en materia económica, financiera y de negocio " es impreciso. Los servicios de información económica están en la Clase 35.-"redacción y public ación de artículos y análisis de mercados con fines divulgativos", es impreciso. podría quedar defin ido como: "redacción y publicación de artículos y análisis de mercados con fines educativos".Apó rtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señal ados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectado s (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de pro ductos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase result ante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clas e/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓ N A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJ ECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 19/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9090852 

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