Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 25 de marzo del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo NOVIZ, bajo la titularidad de COSMENOVIZ SL.
Expediente: M-4308104
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: COSMENOVIZ SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico del producto o servicio. En concreto, la marca puede inducir a error acerca de las características y calidad de los productos solicitados en la clase 03, toda vez que en el distintivo aparece un ramo de olivo con su fruto y las siglas de aceite de oliva virgen extra (AOVE), pudiendo el consumidor entender que tales productos contienen aceite de oliva virgen extra, cuando ello no ha sidoasí indicado en el listado de productos solicitados. Podrá subsanar esta prohibición limitando la lista de productos a:Clase 03: "Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear yotras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir y raspar; Todos los productos anteriores contienen aceite de oliva virgen extra en su composición". Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 02) POR OPOSICION BASADA EN:- A018655609NOVEX (DENOMINATIVA) en relación con las clases solicitadas: 03
Identificado de publicación: 9103653
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4308104
Fecha de resolución: 18/03/2026
Clases: 03