Información sobre la marca NOGALES EL BARRACO, registro solicitado por la empresa NOGALES EL BARRACO SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4114463.
M-4114463
Expediente OEPM M-4114463 Tipo Denominativa Fecha solicitud 25/03/2021 Estado En tramitación |
AV. HERENCIA, 28 1º E13600 ALCAZAR DE SAN JUAN (CIUDAD REAL)(ES) ESPAÑA
Fecha | Tramitación |
---|---|
2021-05-05 | Comunicacion a titulares derechos anteriores (art.18,4lm): N0359329 BARRACO . |
2021-05-12 | Publicacion de solicitud. |
2021-12-17 | Publ.Suspenso fondo de f.Resol 10/12/2021 causas del suspenso de fondo: 329. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca NOGALES EL BARRACO
Expediente: M-4114463
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: NOGALES EL BARRACO SL
Identificado de publicación: 6618106
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4114463
Fecha resolución concesión: 04/02/2022
Fecha publicación de la solicitud: 12/05/2021
Clases con limitación: 29-CARNE, PESCADO, CARNE DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE, QUESOS, MANTEQUILLA, YOGUR Y OTROS PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS PARA USO ALIMENTICIO; FRUTOS SECOS COMESTIBLES PROCESADOS.
Expediente: M-4114463
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6539858
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4114463
Fecha de resolución: 10/12/2021
Clases: 29
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos están incorrectamente definidos y clasificados. En concreto, "Frutos secos comestibles" adolece de los defectos de claridad y precisión establecidos en el artículo 3.2 del Real Decreto 687/2002. En este sentido, debe precisarse si se trata de "Frutos secos comestibles procesados" de la clase 29 reivindicada o "Frutos secos comestibles frescos" de la clase 31. Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos solicitados (en formulario oficial) clasificándolos correctamente. En caso de optar por solicitar los productos para una nueva clase, deberá abonar la cantidad de 82.02/96.51 euros por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la clase para la que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action
La información sobre la marca NOGALES EL BARRACO que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.