Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo NEXOINMIGRANTE CONSULTORES.
Expediente: M-4311684
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8587213
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4311684
Fecha de resolución: 30/05/2025
Irregularidades: 1º -Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o a lfanuméricos que aparecen en la imagen del distintivo.2º -El apartado reivindicación de color es OPCIONAL pudiendo renunciar a ello. Si desea reivindicarlo se cumplimentará únicamente con los colo res que se visualizan en el distintivo.3º -El apartado "descripción" es de cumplimentación facul tativa. En caso de indicar una descripción esta debe limitarse exclusivamente a definir las caracter ísticas del distintivo, no pudiéndose incluir otros comentarios.4º-La lista de productos y servi cios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Le y 17/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 36ESTA MARCA IDENTIFICA LO S SERVICIOS DE ASESORAMIENTO LEGAL, ADMINISTRATIVO Y PSICOLOGICO QUE SE PRESTA CON OCASIÓN AL EJERCI CIO DE LA PROFESION DE GESTOR ADMINISTRATIVO, PSICOLOGO, ORIENTADOR LABORAL Y ABOGADOS "Contiene ser vicios incorrectamente definidos y/o clasificados"Debe contestar al presente suspenso con un nue vo listado de productos/servicios revisando previamente su clasificación en nuestra herramienta Clin mar y ajustando su definición a la que encontrará en dicha herramienta.Clase 45"Gestoría exp erta en extranjería; asistencia para la inserción socio laboral" puede quedar definido como "Asesora miento jurídico en relación en extranjería, inserción socio laboral"Por cada nueva clase resulta nte deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamentePu ede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consu ltas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestación a este suspenso de forma so lo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas