Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo NEW SPAIN PATRIOTS NP.
Expediente: M-4311537
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8573629
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4311537
Fecha de resolución: 26/05/2025
Irregularidades: 1.- Apórtense más vistas del distintivo tridimensional de modo que se aprecie la apariencia completa del signo que se desea proteger, permitiendo determinar con claridad y exactitud el objeto preciso de la protección solicitada (art. 4.b Ley 17/2001, 7 de diciembre, de Marcas). Si lo que quiere re gistrar es un tipo de distintivo "Figurativo" indíquelo en alegaciones.2.- Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo.En caso de no contestar al suspenso se procederá a cambiar de oficio dicha cas illa con los elementos alfanuméricos que se puedan apreciar. 3.- La lista de productos y servici os contiene productos y/o servicios definidos y clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17 /2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:CLASE 25:-"DISEÑO D E ROPA PARA HOMBRE; DISEÑO DE ROPA PARA MUJER; DISEÑO DE ROPA PARA NIÑOS; DISEÑO DE COMPLEMENTOS PAR A VENTA ONLINE" pertenecen a la clase 42, "DISEÑO DE COMPLEMENTOS" debe definirlo como "Diseño de ac cesorios de vestir" y pertenece también a la clase 42.Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afe ctados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para enco ntrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de produ ctos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como cont estación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el su spenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento par a la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas