Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo NeuroSport Nutrition.
Expediente: M-4349642
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9041721
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4349642
Fecha de resolución: 19/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la Clase 41:- "provisión de contenidos educativos y programas de entrenamiento deportivo en formato de vídeos, aud ios, artículos y clases en línea; organización de programas y retos de entrenamiento y hábitos salud ables para deportistas" es impreciso. Podría quedar definido como: "Suministro de audios, vídeos, y artículos sobre entrenamiento deportivo, retos de entrenamiento y hábitos saludables para deportista s". Clases en línea debe eliminarlo aquí, ya que después tiene "Servicios de educación y formación e n línea".-"organización de retos y programas de mejora de hábitos de estilo de vida mediante una aplicación web y móvil" es impreciso. podría quedar definido como: "Organización y realización de p rogramas de entrenamiento, retos físicos y mejora de hábitos de estilo de vida".En la Clase 42: -"provisión de aplicaciones informáticas en línea no descargables para la planificación de comida s y entrenamientos mediante algoritmos de inteligencia artificial" es impreciso. Podría quedar defin ido como: "Facilitación temporal de aplicaciones de software no descargables a través de un sitio we b para la planificación de comidas y entrenamientos mediante algoritmos de inteligencia artificial". -"servicios de hospedaje de plataformas en línea para la gestión de planes de nutrición y entren amiento", es impreciso. podría quedar definido como: "Hospedaje de plataformas de transacciones en i nternet para la gestión de planes de nutrición y entrenamiento".-"provisión de aplicaciones info rmáticas en línea no descargables que utilizan algoritmos de inteligencia artificial para generar re comendaciones automatizadas no médicas sobre hábitos saludables, planificación de comidas y organiza ción de entrenamientos deportivos" es impreciso. podría quedar definido como: "Facilitación temporal de aplicaciones de software no descargables a través de un sitio web para generar recomendaciones a utomatizadas no médicas sobre hábitos saludables, planificación de comidas y organización de entrena mientos deportivos".En la Clase 44:-"elaboración de planes personalizados de alimentación y bienestar con fines de mejora del rendimiento físico y del equilibrio psicológico es impreciso. Podr ía quedar definido como: "Servicios de asesoramiento en nutrición (elaboración de planes personaliza dos de alimentación y bienestar con fines de mejora del rendimiento físico y del equilibrio psicológ ico)". O lo puede eliminar ya que después vuelve a poner los servicios de asesoramiento nutricional. -"información y consejos en materia de salud, nutrición y bienestar proporcionados a través de u na plataforma en línea" es impreciso. podría quedar definido como: "Servicios de información y aseso ramiento en materia de salud, nutrición y bienestar proporcionados a través de una plataforma en lín ea".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los d efectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servi cios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrón icamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respect o a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COM O CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMEN TO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS