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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Neuroconnection Institute.


Solicitud de marca suspendida

Neuroconnection Institute

Expediente:  M-4347647

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9056450

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4347647

Fecha de resolución:  25/02/2026

Irregularidades:  Recibida su contestación al suspenso de forma se observa que en la lista de productos y servicios si gue habiendo falta de precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la Clase 41:-"CURSOS ONLINE", debe quedar definido como "Impartición de cursos en línea".-"EVENTOS", es impreciso. Debe definir el tipo de evento o lo p uede eliminar ya que más adelante ha añadido "Eventos y actividad cultural" que sí es válido para la Clase 41.-"CERTIFICACIONES", es impreciso. Para que quede definido dentro de la Clase 41, deb erá ser: "Suministro de formación y exámenes pedagógicos con fines de certificación". Si por el cont rario se refiere a "Certificación de servicios educativos" pertenece a la Clase 42.Apórtese un n uevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se te ndrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9. 6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y s ervicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deber á abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subs anase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para l a/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR , LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 04/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9056450 

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