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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo NEUROBIOME.


Solicitud de marca suspendida

NEUROBIOME

Expediente:  M-4349425

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9041614

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4349425

Fecha de resolución:  19/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:"distribución comerci al" es impreciso, por lo que deberá especificar la naturaleza de los productos que desea solicitar, ajustándose a la clasificación. Clase 35"venta online de productos" es impreciso, por lo que deb erá especificar la naturaleza de los productos que desea solicitar, ajustándose a la clasificación. Clase 35"servicios de comercialización, distribución y venta (incluida online) de productos nutr acéuticos y suplementos alimenticios" es impreciso, por lo que deberá especificar la naturaleza de l os productos que desea solicitar, ajustándose a la clasificación. Todos los términos deben estar en castellano por lo que puede quedar definido como "Venta al por mayor y/o al por menor, por redes inf ormáticas mundiales y aplicaciones móviles de productos nutracéuticos y suplementos alimenticios par a personas" Clase 35."desarrollo tecnológico; biotecnología" es impreciso, por lo que puede qued ar definido como "Investigación y desarrollo en el ámbito de la biotecnología" clase 42.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan ele ctrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud re specto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QU E COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALAD OS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REG LAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 26/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9041614 

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