Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo NEURALIA EDUCA.
Expediente: M-4348359
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9027756
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4348359
Fecha de resolución: 13/02/2026
Irregularidades: Debe indicar el NOMBRE Y APELLIDOS del solicitante en las casillas correspondientes, de manera que q uede correctamente identificado.El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exc lusivamente a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (a rt. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Este apartado es de cumplimentación facultativa, por lo que puede eliminar estas indicaciones.La lista de prod uctos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de dic iembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 16:-" Publicaciones, libro s, cuadernos, manuales, guías, fichas didácticas, cuentos y materiales pedagógicos en formato impres o o digital; material educativo y de apoyo para docentes y centros escolares" es impreciso. Debe enc uadrar los productos en la clasificación de Niza.-"MATERIAL DIDÁCTICO; TALLERES; organización y realización de talleres, cursos, seminarios, programas educativos y actividades de innovación pedagó gica; formación y acompañamiento de docentes; diseño y desarrollo de proyectos educativos; elaboraci ón y publicación de contenidos y recursos didácticos, tanto presenciales como en línea" es imprecis o. Debe encuadrar los servicios en la clasificación de Niza.Apórtese un nuevo listado consigná ndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento). Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https:// consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euro s (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la f alta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubie se abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma so lo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas