Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo NATUROL, bajo la titularidad de PRODUCTOS ESPECIALES NATUROL SL.
Expediente: M-4345574
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9009686
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4345574
Fecha de resolución: 06/02/2026
Irregularidades: -En la clase 01 " GLICERINA PARA USO INDUSTRIAL, ESTERES DE GLICERINA; HIDROCARBURO (ESCUALENO), HID ROCARBURO AROMÁTICO, HIDROCARBURO GASEOSO, COMPUESTOS DE HIDROCARBURO, ANTIOXIDANTE PARA USO EN LA F ABRICACIÓN DE COSMÉTICOS" debe separar con ";" la lista de productos y servicios.-En la clase 03 "HIDRATANTES (ESCUALENO); PREPARACIONES HIDRATANTES; HIDRATANTES NO MEDICINALES, HIDRATANTE PARA LA PIEL, CREMAS Y LECHE HIDRATANTE, PRODUCTOS COSMÉTICOS Y PREPARACIONES DE TOCADOR NO MEDICINALES; CHAMPÚS, ACEITE DE BAÑO, MAQUILLAJE, BRONCEADORES, CREMA LIMPIADORA, CREMAS PARA LA PIEL (DE USO COS MÉTICO" debe separar con ";" la lista de productos y servicios.-"CREMAS MEDICINALES DE PROTECCIÓ N DE LA PIEL, CREMAS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL QUE NO SEAN DE USO COSMÉTICO" no va en la clase 03. Debe ir en la clase 05.-En la clase 05 "GLICERINA USO MÉDICO, GELES, PREPARADOS Y ESPRÁIS ANTIIN FLAMATORIOS; SUPLEMENTOS ANTIOXIDANTES, ANTIOXIDANTES PARA USO MÉDICO" debe separar con ";" la lista de productos y servicios.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsa nasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMA R para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se r ealizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la s olicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defec tos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas