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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de mayo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo NATURALKI BELARDENDA EKODENDA HERBORISTERIA.


Suspenso de fondo de marca

NATURALKI BELARDENDA EKODENDA HERBORISTERIA

Expediente:  N-0470626

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Descripcion Distintivo:  Herboristeria naturalki belardenda ekodenda

Identificado de publicación:  8506207

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0470626

Fecha de resolución:  24/04/2025

Clases:  05, 41

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos en relación con los arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 dejulio), ya que las actividades no están correctamente definidas. En concreto, "plantas medicinales", para solicitarlo en clase 5, lo debe expresar de la siguiente forma "EXTRACTOS DE PLANTAS MEDICINALES".Debe presentar, por tanto, un nuevo listado completo de las actividades solicitadas describiéndolas correctamente siguiendo la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicituden lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 y 9.6 del Reglamento).Si desea consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades "ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO O VETERINARIO; ALIMENTOS PARA BEBES; SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS DIETÉTICOS NUTRICIONALES" solicitadas de la clase 5, en la prohibición del art. 5.1.f) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que sean contrarios a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres.En concreto, el signo es contrario al art. 30 del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos, que reserva los términos "ecológico", "biológico" y "orgánico", así como sus diminutivos y derivados habituales tales como "eco"/"eko" y "bio", para identificar la producción ecológica. 03) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los mismos productos reseñados en el párrafo anterior, en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podránregistrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo puede inducir al público a error sobre las características y el proceso de producción de los productos solicitados, toda vez que ladenominación incluye el prefijo "EKO-", mientras que el signo se está solicitando para los "ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETETICAS PARA USO MEDICO O VETERINARIO; ALIMENTOS PARA BEBES; SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS DIETÉTICOS NUTRICIONALES" en general, sin especificar que estos han sido obtenidos por métodos de producción ecológica.Se podrán subsanar las prohibiciones señaladas presentando nuevo listado de productos y servicios en la que se limiten los mismos de la siguiente manera, o bien, eliminando dichos productos del listado:Clase 5 - ALIMENTOS Y SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO O VETERINARIO, ALIMENTOS PARA BEBÉS; SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS O ANIMALES; COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS DIETÉTICO NUTRICIONALES. TODOS LOS PRODUCTOS ANTERIORES HAN SIDO OBTENIDOS POR MÉTODOS DE PRODUCCIÓN ECOLÓGICA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL REGLAMENTO (UE) 2018/848 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 30 DE MAYO DE 2018. PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, PREPARACIONES PARA USO MÉDICO Y VETERINARIO; PRODUCTOS HIGIÉNICOS Y SANITARIOSPARA USO MÉDICO; PREPARACIONES DE FITOTERAPIA PARA USO MÉDICO; TISANAS [BEBIDAS MEDICINALES]; CEREALES (SUBPRODUCTOS DEL PROCESAMIENTO DE -) PARA USO DIETÉTICO O MÉDICO; PREPARACIONES DE FITOTERAPIA PARA USO MÉDICO; EXTRACTOS DE PLANTAS MEDICINALES.Clase 41 - ENSEÑANZA EN FITOTERAPIA; ENSEÑANZAEN MATERIA DE FITOTERAPIA

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 05/05/2025 Tomo: 1 Anuncio:8506207 

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