Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo NaturaBioko.
Expediente: M-4363942
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9163144
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4363942
Fecha de resolución: 14/04/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: "TÉS E INFUSIONES NA TURALES" se considera impreciso, por lo que, basándose en los criterios de las Clasificación Interna cional de Niza, podría quedar definido como "TÉS E INFUSIONES DE HIERBAS""PREPARACIONES VEGETALE S PARA INFUSIONES" es impreciso, pudiendo definirse como como "PREPARACIONES AROMÁTICAS PARA HACER I NFUSIONES NO MEDICINALES"Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsan asen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINM AR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.act ionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa. Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artí culo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas