Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo NARÚAH.
Expediente: N-0495939
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9136581
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0495939
Fecha de resolución: 29/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -" bienestar emocion al; salud mental"" es impreciso. Debe ajustarlo a la clasificación.-"mentorías", es impreciso. Deb e de quedar definido como" mentorías(educación),-"coaching", es impreciso. Debe de quedar definido como" coaching (formación)-"acompañamiento", es impreciso. Debe ajustarle a la clasificación.-" innovación educativa", es impreciso. Debe ajustarle a la clasificación.-"desarrollo de softwares e ducativos", es impreciso. Debe ajustarle a la clasificación.Apórtese un nuevo listado consignánd olos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la s olicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Pue de consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consul tas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abona do la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se po drá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solic itud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de di ciembre, de Marcas