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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de marzo del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo NACFU.


Suspenso de fondo de marca

NACFU

Expediente:  M-4316116

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La solicitud presenta defectos en relación con los arts. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001,de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), ya que los productos de la clase 21 no están correctamente definidos.En concreto, la inclusiónde "Objetos de uso espiritual" dentro de la clase 21 impide delimitar de manera clara y precisa el objeto de la protección, toda vez que estos objetos pueden tener naturaleza y funciones muy distintas. Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente siguiendo la Clasificación Internacional de Productos y Servicios (Clasificación de Niza). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento).Si desea consultar el listado de clases de la Clasificación Internacional, tiene a su disposición nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Identificado de publicación:  9055939

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4316116

Fecha de resolución:  25/02/2026

Clases:  16, 21, 25

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 04/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9055939 

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