Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 28 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo N0490314, bajo la titularidad de SEVEN FIELDS CANARIAS SL.
Expediente: N-0490314
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: SEVEN FIELDS CANARIAS SL
Identificado de publicación: 9359312
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0490314
Fecha de resolución: 21/07/2026
Clases: 41
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece decarácter distintivo por consistir en una denominación genérica de las actividades reivindicadas, PRESS, o prensa en castellano, y el adjetivo CANARIA, que indica el origen o relación con las Islas Canarias, que no permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas del objeto de los servicios solicitados, "CANARIA PRESS", por lo que, el público consumidor puede entenderlo como prensa canaria. El componente gráfico, por su parte, se considera insuficiente para salvar la prohibición, habida cuenta de su simplicidad.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado