Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo N0484547, bajo la titularidad de MAQUINDUST BENAVENTE SL.
Expediente: N-0484547
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8613800
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0484547
Fecha de resolución: 12/06/2025
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo.En caso de no contestar al suspenso se procederá a cambia r de oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se puedan apreciar.Debe corregir e l apartado "reivindicación de color" indicando exclusivamente los colores que se visualizan en el di stintivo. Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (a rt. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: - "ALQUILER DE MAQUINARIA Y EQUIPOS DE CONSTRUCCION; VENTA DE TODO TIPO DE MAQUINARIA Y REPUESTOS" e s impreciso. Debe indicar servicios comprendidos en la clasificación de Niza que tengan una relación directa con los indicados (no se aceptarán servicios que no guarden relación).Si no se subsanas en en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los pr oductos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para e laborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe r ecuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defect os señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9 .2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.Por cada nue va clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se ten drá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totali dad de la tasa