Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 04 de noviembre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo N0480247.
Expediente: N-0480247
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8826982
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0480247
Fecha de resolución: 28/10/2025
Clases: 03
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, elsigno solicitado puede inducir al público a error sobre las características de los productos reivindicados toda vez que en la denominación aparece el acrónimo "cbd", utilizado habitualmente para referirse al cannabidiol, sin que se haya indicado su presencia en el listado de productos y servicios. Podrá subsanar dicha prohibición limitando el listado de productos y servicios en el sentido de indicar que los productos han sido elaborados con cannabidiol", quedando de la siguiente forma: "Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales; dentífricos no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir y raspar. Todos los productos anteriores elaborados con cannabidiol"