Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 24 de enero del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo N0477246.
Expediente: N-0477246
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8293132
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0477246
Fecha de resolución: 17/01/2025
Irregularidades: 1.- Debe indicar en las casillas destinadas para ello los apellidos y nombre propio del solicitante y eliminar la denominación de la marca que no debe aparecer en esta página. 2.- Debe cumplimenta r correctamente la casilla DENOMINACIÓN transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanumér icos que aparecen en la Imagen/Distintivo, han de ser COINCIDENTES3.- El tipo de distintivo que solicita es FIGURATIVA, (debe indicarlo en el apartado alegaciones)4.- Debe aportar una nueva re presentación del signo en el que se eliminen todos los elementos que no forman parte del distintivo: elementos de fondo que no constituyen parte de la marca o el nombre comercial si se trata de una fo tografía, indicaciones o tablas nutricionales, cantidades y peso, códigos de barras y otros elemento s e informaciones de etiquetado comercial que no constituyen el distintivo que se desea registrar, d e manera que pueda determinarse con claridad y exactitud el objeto preciso de la protección solicita da (art. 4.b Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y 2.1 de su Reglamento de Ejecución).5.-E l signo aportado incluye elementos que son susceptibles de varios registros separados. Debe especifi car de forma clara y precisa el signo que desea solicitar, presentando un nuevo distintivo que consi sta en un único conjunto figurativo.6.- Debe aportar la documentación acreditativa de la adqui sición de carácter distintivo por uso o eliminar la selección de la reivindicación. Solo se ha de ma rcar dicha casilla cuando el distintivo esté formado esencialmente por elementos genéricos, usuales o descriptivos, incursos en las prohibiciones de las letras b), c) y d) del artículo 5.1) de la Ley de Marcas, que hayan adquirido carácter distintivo por el uso