Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 28 de abril del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo N0473058.
Expediente: N-0473058
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Descripcion Distintivo: Reclamatuseguro.Es
Identificado de publicación: 8495733
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0473058
Fecha de resolución: 21/04/2025
Clases: 36, 45
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan decarácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que consiste en una denominación que no permite al consumidor identificar los servicios que se pretendendistinguir con dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.n) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que incluyan insignias, emblemas o escudos distintos de los contemplados en el artículo 6 ter del Convenio de Parísy que sean de interés público, salvo que su registro sea autorizado por la autoridad competente.En concreto, el signo solicitado contiene una reproducción o imitación de un signo de interés público, en concreto, el símbolo del "", que suple la letra E de la palabra SEGURO.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, aportando nuevo distintivo del signo donde se sustituya el símbolo del por la letra "E" en la palabra SEGURO, ya que no se considera un cambio sustancial que afecte a la denominación solicitada