Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de marzo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo N0466707.
Expediente: N-0466707
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8390892
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0466707
Fecha de resolución: 04/03/2025
Clases: 31
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para los productos solicitados de la clase 31,en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, ya que se encuentra formado por términos genéricos para la clase solicitada, los cuales no permiten garantizar la identidad de la procedencia comercial de los productos para el consumidor final. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la especie, naturaleza y finalidad de las actividades siguientes para los que se solicita el presente nombre comercial, toda vez que el signo está compuesto por términos los cuales son descriptivos para los productos solicitados de la clase 31.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 03) POR OPOSICION BASADA EN:- <a href="/distintivo/gourmet/oepm/h-1324735/" title="Detalle de la marca GOURMET">GOURMET</a>GOURMET, FIG.- <a href="/distintivo/gourmet-fig/oepm/h-0921252/" title="Detalle de la marca GOURMET, FIG">GOURMET, FIG</a>GOURMET, FIG