Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo MOTO PLANET.
Expediente: M-4355409
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9089835
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4355409
Fecha de resolución: 12/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:EN LA CLASE 09:- "revistas digitales descargables relacionadas con viajes, rutas y motociclismo" debe quedar definido como "Revistas electrónicas descargables relacionadas con viajes, rutas y motocicli smo".EN LA CLASE 41: - "Edición y publicación de contenidos editoriales periodísticos relaci onados con viajes" es impreciso. Debe definirlo ajustándose a la Clasificación, pudiendo quedar defi nido como "Servicios editoriales relacionados con viajes, rutas y motociclismo", "Publicación de per iódicos relacionados con viajes, rutas y motociclismo". - "noticias, reportajes, entrevistas e i nformación cultural y de entretenimiento vinculados al mundo de la motocicleta" debe quedar definido como "Suministro de noticias, reportajes e información sobre actividades culturales y de entretenim iento vinculadas al mundo de la motocicleta". Apórtese un nuevo listado consignándolos correctam ente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud única mente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es /clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si e l trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se t endrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tota lidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modifi car subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, segú n establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, d e Marcas