Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 21 de abril del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo MOOR.
Expediente: M-4363818
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9163082
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4363818
Fecha de resolución: 14/04/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:Clase 03:"Sprays pa ra perfumar el ambiente" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Ambientadores [desodor izantes de ambiente]"."Sprays perfumados para textiles" es impreciso, por lo que puede quedar de finido como "Aguas perfumadas para la ropa"Clase 21:"Varillas para difusores de fragancias" es tá mal clasificado, por lo que puede quedar definido como "Difusores de perfumes de ambiente con var illas" pertenece a la clase 03."Tarros" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Tar ro (botes)"."Recipientes de cerámica" es impreciso por lo que puede quedar definido como "Artícu los de cerámica para uso doméstico"."Dispensadores de jabón" es impreciso, por lo que puede qued ar definido como "Frascos dispensadores de jabón".Los demás productos están clasificados correct amente.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLIN MAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.ac tionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pag o se realizan electrónicamente.Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desis tida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tas a.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS