Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo MONGLOT.
Expediente: M-4344314
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8988465
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4344314
Fecha de resolución: 27/01/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:relativo a la clase 1 4:"anillos", se considera impreciso."pulseras", se considera impreciso. Podría quedar definido en esta clase como "PULSERAS [artículos de joyería]"."broches", se considera impreciso. Podría quedar definido "BROCHES [joyería]"."cadenas", se considera impreciso. Podría quedar como "CADEN AS [joyería]".relativo a la clase 18:"Carteras", se considera impreciso. Podría quedar definid o "CARTERAS [bolsos de mano]"."Estuches"; "Neceseres"; "Complementos de moda"; "Accesorios fabri cados sin materiales de origen animal", se consideran imprecisos. Debe utilizar la herramienta Clinm ar para ajustar el listado de productos a la clasificación de Niza.relativo a la clase 25:"Com plementos de moda", se considera impreciso. Podría quedar definido "ACCESORIOS DE MODA CONFECCIONADO S SIN PIELES, NI MATERIALES DE ORIGEN ANIMAL".relativo a la clase 35:"Servicios de venta al po r menor"; "Venta al mayor", no se admite esta generalidad, deben quedar perfectamente definidos los productos incluidos en estos servicios."Comercialización de joyería, bolsos y ropa", se consider a impreciso. Podría quedar definido en la misma clase como "SERVICIOS DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN D E JOYERÍA, BOLSOS Y ROPA"."Gestión de tiendas online", no son admisibles términos en idioma dist into al Castellano. Podría quedar definido en la misma clase como "GESTIÓN EMPRESARIAL DE TIENDAS EN LÍNEA".Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta C LINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio .actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desis tida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tas a.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas