Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de mayo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo Mipoteka.
Expediente: N-0472590
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8509133
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0472590
Fecha de resolución: 25/04/2025
Clases: 35, 36
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que consiste exclusivamente en un término que designa el objeto de los servicios solicitados (mi hipoteca), sin que la contracción de las dos palabras en una, laomisión de la h muda o la sustitución de la c por la k sean suficientes para otorgar distintividad al signo, habida cuenta de que ninguno de ellos lo altera fonéticamente. En consecuencia, el consumidor relevante no percibirá el signo solicitado como un nombre comercial capaz de distinguir un origen empresarial concreto