Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 19 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo MIMAIDO Medicina Estética Avanzada.
Expediente: M-4355198
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9089769
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4355198
Fecha de resolución: 12/03/2026
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo TODOS los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo se observa la denominación "M MIMAIDO Medic ina Estética Avanzada".La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorr ectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglame nto). En concreto:Clase 44:-"Servicios de medicina estética; servicios de estética" puede qu edar definido como "SERVICIOS ESTÉTICOS CON FINES MÉDICOS".-"tratamientos faciales y corporales" puede quedar definido como "SERVICIOS DE TRATAMIENTOS COSMÉTICOS FACIALES Y CORPORALES".-"trata mientos de rejuvenecimiento facial" puede quedar definido como "SERVICIOS DE REJUVENECIMIENTO DE LA PIEL".-"aplicación de toxina botulínica" puede quedar definido como "TRATAMIENTOS ESTÉTICOS CON TOXINA BOTULÍNICA".-"rellenos dérmicos" es un producto de la clase 05. Si desea que esté en la c lase 44, debe de redefinir el término ajustándose a la Clasificación. Podría quedar definido como "A PLICACIÓN DE RELLENOS DÉRMICOS CON FINES ESTÉTICOS".-"servicios de micropigmentación y microblad ing". "Microblanding" debe definirse en castellano. Puede quedar definido como "SERVICIOS DE MICROPI GMENTACIÓN Y TATUAJES COSMÉTICOS". -"diagnóstico facial" es impreciso. Puede quedar definido com o "SERVICIOS DE DIAGNÓSTICO MÉDICO FACIAL".-"análisis y asesoramiento cutáneo" puede quedar defi nido como "ANÁLISIS Y ASESORAMIENTO CUTÁNEO CON FINES ESTÉTICOS".-"uso de aparatologia estetica y medico estética" es impreciso. Debe de ajustarse a la clasificación o bien eliminarlo.-"realizac ion de maquillaje" puede quedar definido como "SERVICIOS DE MAQUILLAJE".Apórtese un nuevo listad o consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por de sistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Regla mento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que n o se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO D E FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 1 7/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS