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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 28 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo MIJOYERIA.ES.


Suspenso de fondo de marca

MIJOYERIA.ES

Expediente:  N-0491895

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  9359346

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0491895

Fecha de resolución:  21/07/2026

Clases:  14, 35

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece decarácter distintivo, por componerse de una expresión genérica, descriptiva y de común en el sector para el que se solicita y es por ello que no permite al consumidor identificar un concreto origen empresarial, sin incorporar elementos adicionales con suficiente entidad como para otorgar carácter distintivo 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas del objeto de los servicios solicitados, "MIJOYERÍA", teniendo en cuenta que el nombre de dominio ".ES" es un término de uso común que se identifica, en este caso, con un territorio concreto, por lo que no es apto paraidentificar un concreto origen empresarial. Por su parte, el componente gráfico (letras en color dorado con una piedra preciosa tallada en el lugar de la tilde) se considera insuficiente para superarlas prohibiciones señaladas. Puede contestar a este acuerdo de suspenso de alegando lo que considere adecuado

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 28/07/2026 Tomo: 1 Anuncio:9359346 

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