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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo MIGAS.


Suspenso de fondo de marca

MIGAS

Expediente:  M-4317933

Tipo Marca:  Figurativa

Tipo Modalidad:  Marca

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) para todos los productos de la clase 29 y para los siguientes productos de la clase 30: "PAN; PRODUCTOS DE PASTELERIA; PRODUCTOS DE PASTELERIA FRESCOS; PRODUCTOS DE CONFITERIA; BOCADILLOS Y EMPAREDADOS; PAN CONGELADO; BOCADILLOS CONGELADOS". Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la combinación de vocablos que se propone no permite al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial, ni la individualización en el mercado de productos o servicios, sin incorporar elementos adicionales que lo doten de singularidad suficiente para acceder al registro. 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, laprocedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otrascaracterísticas de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente por el término «MIGAS», palabra de uso común en español que designa una receta gastronómica tradicional, así como pequeños fragmentos o porciones desmenuzadas de un alimento. En relación con productos tales como carne, pescado, productos congelados, platos preparados, pan, productos de panadería y preparaciones a base de cereales, el público pertinente podrá percibir el signo como una indicación directa de la forma de presentación, preparación, composición o características de dichos productos, que pueden comercializarse o consumirse desmenuzados, en migas o integrados en preparaciones culinarias de esa naturaleza.Por ello, el signo se limita a describir una característica objetiva de los productos reivindicados, susceptible de ser utilizada por cualquier operador económico del sector alimentario para informar sobre la composición, presentación o tipo de elaboración de sus productos, sin incorporar elementos distintivos adicionales que permitan identificar un origen empresarial concreto.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado. 03) POR OPOSICION BASADA EN:- A018876690BUENASMIGAS NORMALITY COFFEE (FIG.) en relación con las clases solicitadas: 30 35 43- A014500219BUENASMIGAS FOCACCERIA (FIG.) en relación con las clases solicitadas: 30 35 43

Identificado de publicación:  9316261

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4317933

Fecha de resolución:  25/06/2026

Clases:  29, 30, 32, 35, 39, 43

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 02/07/2026 Tomo: 1 Anuncio:9316261 

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