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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo MERYBARBA.


Solicitud de marca suspendida

MERYBARBA

Expediente:  M-4346428

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9010006

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4346428

Fecha de resolución:  06/02/2026

Irregularidades:  Debe indicar una dirección completa del solicitante que incluya, al menos, el tipo de vía, nombre y número o la indicación "sin número" o "S/N". No se admite la indicación de un apartado de correos co mo dirección o domicilio (art. 1.1. b del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciemb re, de Marcas).Debe aportar el poder acreditativo de la representación con la que actúa. En caso de no subsanar este defecto, continuará la tramitación eliminándose la representación y continuando el procedimiento con el solicitante.Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo. Debe corregir e l apartado "REIVINDICACIÓN DE COLOR" indicando exclusivamente los colores que se visualizan en el di stintivo. Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones.La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 18:-" carteras de piel o imitación de piel" puede quedar definido como "Carteras de bolsillo de piel o imitación de piel". -"fundas para dispositivos electrónicos (móvil, tablet, portátil) de piel o imitación de piel" es impreciso. Debe ser definido acorde a las posiciones de la clasificación de Niza y pertenece a la CL ASE 9.-"neceseres y estuches de viaje de piel o imitación de piel" puede quedar definido como "Nec eseres (vacíos) y estuches de viaje de piel o imitación de piel".-"estuches para gafas de piel o i mitación de piel" pertenece a la CLASE 9.-"cinturones de piel o imitación de piel" pertenece a la CLASE 25.-"llaveros de piel o imitación de piel" van a la CLASE 14.-"estuches o fundas para docu mentos de piel o imitación de piel" puede quedar definido como "Estuches para llevar documentos" den tro de la CLASE 18.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen e n plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los produc tos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR par a elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se re alizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la so licitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se r ecuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defect os señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9 .2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 13/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9010006 

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