Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de junio del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo MeliCard.
Expediente: M-4313513
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8601897
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4313513
Fecha de resolución: 06/06/2025
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo.En caso de no contestar al suspenso se procederá a cambia r de oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se puedan apreciar.La lista de pro ductos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- " accesorios para cartas coleccionables como fundas, tapetes, cajas y archivadores" es impreciso. Pued e eliminarlo del listado, o alternativamente puede indicar servicios comprendidos en la clasificació n de Niza que tengan una relación directa con los indicados (no se aceptarán servicios que no guarde n relación).- "miniaturas para juegos; dados personalizados" debe quedar definido como "Miniatu ras para su uso en juegos; Dados [juegos]".- "kits de construcción lúdicos; puzzles" debe quedar definido como "kits de construcción de juguetes; puzles".- "sobres sorpresa con cartas u otros coleccionables" es impreciso. Debe eliminarlo del listado.- "Servicios de venta al por menor y a l por mayor; venta en línea a través de redes mundiales de informática; venta de juegos de cartas co leccionables; accesorios para juegos; artículos de colección; productos de merchandising; Venta de j uegos de mesa; venta de juguetes; Venta de figuras de acción" es impreciso. Debe indicar en primer l ugar si es venta al por mayor o al por menor y seguidamente indicar los productos a vender (que debe n estar comprendidos en la clasificación de Niza).Si no se subsanasen en plazo los defectos señ alados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afecta dos (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontr ar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de producto s y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSe recuerda que como contestació n a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ej ecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.Por cada nueva clase resultante deberá a bonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicit ud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa