Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 13 de mayo del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo MEDIACIÓN . ENERGY.
Expediente: M-4278015
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) - La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la combinación de vocablos que se propone no permite al público consumidor identificar dicho signo con una procedencia empresarial concreta, ni la individualización de productos o servicios en el mercado. 02) - La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca lossignos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio uotras características de los productos o servicios. En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones descriptivas de la naturaleza y otras características de los servicios para los que se solicita el presente signo, sin contener ningún otro elemento gráfico o denominativo con la suficiente entidad para eliminar el carácter descriptivo del mismo.Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado
Identificado de publicación: 8525071
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4278015
Fecha de resolución: 06/05/2025
Clases: 45