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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 03 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo MAZENET.


Solicitud de marca suspendida

MAZENET

Expediente:  M-4351727

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9054217

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4351727

Fecha de resolución:  24/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -En la clase 18"acce sorios" es impreciso.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los prod uctos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR par a elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realiz an electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solici tud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.La lista d e productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"BOLSAS DE TE LA; BOLSAS DE FIBRAS NATURALES" pertenece a la clase 22.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solic itud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede c onsultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2 .oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17 ) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago , se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado l a totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la sol icitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 03/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9054217 

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