Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 20 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo mareserra.
Expediente: M-4328302
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8796598
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4328302
Fecha de resolución: 13/10/2025
Irregularidades: La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorr ectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En c oncreto:- "Organización y realización de actividades turísticas, culturales, educativas y de ent retenimiento; rutas guiadas a enclaves naturales, históricos, patrimoniales o gastronómicos; visitas interpretadas; experiencias fotográficas y gastronómicas; talleres con artesanos, artistas o produc tores locales; promoción y divulgación del patrimonio natural y cultural de Mallorca a través de exp eriencias presenciales o digitales; asesoramiento y acompañamiento en itinerarios turísticos con enf oque sostenible y regenerativo":Es impreciso. Puede eliminarlo del listado, o alternativamente p uede indicar servicios comprendidos en la clasificación de Niza que tengan una relación directa con los indicados (no se aceptarán servicios o productos que no guarden relación).Si no se subsanase n en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los pro ductos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolo s correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pag o, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitu d, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de dicie mbre, de Marcas