Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 28 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo MAR DE MYR . HANDMADE . DECORACIÓN ARTESANAL.
Expediente: N-0489141
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9359300
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0489141
Fecha de resolución: 21/07/2026
Clases: 21
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto,el distintivo incorpora los términos "HANDMADE" Y "ARTESANAL" por lo que induce a pensar que las actividades relativas a los productos que se pretenden distinguir con dicho nombre comercial han sido elaborados de forma artesanal, pero no se ha especificado esta característica en los mismos. Esta prohibición podrá subsanarse, aportando una nueva lista indicando: "Salseras elaboradas artesanalmente".Puede contestar a este acuerdo de suspenso de fondo, subsanando los posibles defectos o alegando lo que considere adecuado