Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de noviembre del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo MALA SAÑA BUENAS MEZCLAS OVIEDO, bajo la titularidad de VEGARCIA PROFESIONAL DE HOSTELERIA SL.
Expediente: N-0375004
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Titular: VEGARCIA PROFESIONAL DE HOSTELERIA SL
Identificado de publicación: 4091003
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0375004
Fecha de resolución: 17/11/2017
Clases: 32
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto para ajustarse al Nomenclator Internacional deberá clasificar en Cl. 33 "COCTELES CON ALCOHOL. BEBIDAS ALCOHOLICAS". En Clase 32 también es posible "COCTELES SIN ALCOHOL".Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar por la nueva clase resultante(art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se consideraránpagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento)