Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de septiembre del 2024 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo MagazineCBD.
Expediente: N-0463293
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8097739
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0463293
Fecha de resolución: 16/09/2024
Clases: 31, 34
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto,el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la naturaleza y la calidad de las actividades relativas a los productos de la clase 34 "Cigarrillos electrónicos y vaporizadores bucales para fumadores" y la totalidad de los productos reivindicados para la clase 31, dado que la denominación solicitada incluye el término "CBD", con el que se identifica el cannabidiol, que es un producto con una calidad determinada, apreciado por el público para el ámbito aplicativo señalado. Por ello, ypara evitar discordancias entre lo que indica el signo y las características concretas de estos productos, que puedan influir de manera engañosa en la demanda, los mismos deben quedar limitados a aquellos elaborados o que consistan en cannabidiol.Esta prohibición podrá subsanarse limitando los productos señalados para la clase 34 a "Cigarrillos electrónicos y vaporizadores bucales para fumadores que contienen CBD", mientras que la totalidad de los productos de la clase 31 deben quedar limitados mediante la introducción, al final de la lista, de la siguiente fórmula: "Todo ellos en relación con el cannabidiol"