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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo MACROMUEBLE.


Solicitud de marca suspendida

MACROMUEBLE

Expediente:  N-0486878

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  8731911

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0486878

Fecha de resolución:  03/09/2025

Irregularidades:  Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" los correspondientes apellidos y en la casilla "NOMBRE" el nombre del solicitante.La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios def inidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "DORMITORIO; CAMA; TOCADOR; VESTIDORES; XINFONIER; ESCRI TORIOS; BAULES; CABECEROS; PANELES DECORATIVOS; ESTANTE; SALON; MUEBLE TV; VITRINA; BOTELLERO; APARA DOR; RECIBIDOR; ZAPATERO; ARMARIO ESCOBERO; SILLON RELAX; OREJERO; LITERA; SOMIER LAMAS; COLCHON; CO LCHON VISCOELASTICA; COLCHON MUELLES; CANAPE ABATIBLE; CANAPE FIJO; BASE TAPIZADA; PATAS DE BASE; CO LCHONES DE HR" contiene términos imprecisos. Puede eliminarlo del listado, o alternativamente puede indicar servicios comprendidos en la clasificación de Niza que tengan una relación directa con los i ndicados (no se aceptarán servicios o productos que no guarden relación).Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los producto s y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos cor rectamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elabo rar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la to talidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modi ficar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, se gún establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 10/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8731911 

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