Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo MABLACO.
Expediente: N-0493908
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 9064338
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0493908
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 27/02/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: En la Clase 24:- "TEJIDOS Y PRODUCTOS TEXTILES NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES" es impreciso y debe eliminarlo.-" ROPA DE CAMA TAL COMO: FUNDAS DE EDREDONES DE TIPO NORDICO; MANTAS; EDREDONES 24 RELLENOS DE PLUMAS; CUBRE COLCHON; MANTELERIA; CAPAS DE BAÑO; RELLENOS NÓRDICOS; RELLENOS SACO NÓRDICOS; SACOS NORDICOS ; PROTECTORES DE COLCHÓN; FALDAS MESA CAMILLA", debe eliminar la expresión "TAL COMO". Podría qu edar definido como: "ROPA DE CAMA Y MANTAS; FUNDAS DE EDREDONES; CUBRECOLCHONES; MANTELERIAS; ROPA D E BAÑO; EDREDONES RELLENOS DE PLUMAS; EDREDONES RELLENOS DE PLUMAS (RELLENO PARA SACOS DE DORMIR); S ACOS DE DORMIR".En la Clase 35:-Debe eliminar la expresión "TAL COMO". -FUNDAS DE EDREDO NES DE TIPO NORDICO debe sustituirlo por FUNDAS DE EDREDONES.-SACOS DE TIPO NORDICOS debe sustit uirlo por SACOS DE DORMIR.-CAPAS DE BAÑO, debe sustituirlo por ROPA DE BAÑO.Apórtese un nuev o listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendr á por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 d el Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y serv icios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá a bonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsana se en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSP ENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIM ITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS