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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo M4352205(X), bajo la titularidad de MASORANGE SL.


Solicitud de marca suspendida

M4352205(X)

Expediente:  M-4352205

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9069691

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4352205

Fecha de resolución:  03/03/2026

Irregularidades:  - La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios clasificados incorrectamente (a rt. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto: Clase 41"Y otros productos domésticos y de consumo" son imprecisos, deben ajustarlos a la Clasif icación de Niza"Acceso a una base de datos de entretenimiento no descargable en línea con conten ido de audio, vídeo y audiovisual a través de internet, redes de telecomunicaciones y redes de telec omunicaciones inalámbricas en el ámbito del entretenimiento" puede quedar definido como "Información relacionada con el entretenimiento facilitada desde una base de datos informática o desde internet con contenido de audio, vídeo y audiovisual a través de internet, redes de telecomunicaciones y rede s de telecomunicaciones inalámbricas" en clase 41Clase 42"Y otros trabajos electrónicos en i nternet" es impreciso, deben ajustarlo a la Clasificación de NizaClase 45"Suministro de base s de datos informáticas en línea y bases de datos de consulta en línea en materia de puesta en red s ocial; Acceso a una base de datos de búsqueda con contenido de audio, vídeo y audiovisual disponible a través de Internet, redes de telecomunicaciones y redes de telecomunicaciones inalámbricas en rel ación con la conexión en redes sociales en línea" pertenece a la clase 38Por cada nueva clase r esultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando lo s defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el ar tículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de MarcasApórt ese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalad os se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de produ ctos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 10/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9069691 

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