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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de octubre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo M4329377, bajo la titularidad de ASOCIACION MAJOR WILLIAM MARTIN.


Solicitud de marca suspendida

M4329377

Expediente:  M-4329377

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8809615

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4329377

Fecha de resolución:  20/10/2025

Irregularidades:  La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 1 2.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-Debe separar con ";" el servicio "Presentación de productos por cualquier medio de comunicación para la venta al menor, publicidad, incluyendo promoción relativa a la venta de artículos y servicios para t erceros mediante la transmisión de material publicitario y la divulgación de mensajes publicitarios en redes informáticas" quedando dividido en dos servicios de la siguiente manera:"Presentación d e productos por cualquier medio de comunicación para la venta al por menor; publicidad, incluyendo p romoción relativa a la venta de artículos y servicios para terceros mediante la transmisión de mater ial publicitario y la divulgación de mensajes publicitarios en redes informáticas".-"artículos p romocionales" resulta impreciso y debe ser redefinido como "productos de mercadotecnia" todas las ve ces que aparece en el listado.-"Patrocinio promocional" es impreciso. Debe especificar aquello q ue promociona.-"artículos de regalos promocionales" es impreciso. Debe especificar dichos artícu los.-"Productos de merchandising y suvenir" es impreciso y debe ser redefinido como "productos d e mercadotecnia".-"escritura" es impreciso. Debe eliminarlo o redefinirlo ateniéndose a las defi niciones recogidas en la clasificación de Niza y armonizada que encontrará en nuestra herramienta Cl inmar.-"Servicios de comercio electrónico, en concreto suministro de información sobre productos a través de redes de telecomunicaciones con una finalidad publicitaria y de ventas" debe ser defini do únicamente como "suministro de información publicitaria y comercial de productos a través de rede s de telecomunicaciones".Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por des istida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglam ento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptado s, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https: //consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionSE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17 /2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 27/10/2025 Tomo: 1 Anuncio:8809615 

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