Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 10 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo M4323962.
Expediente: M-4323962
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8731655
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4323962
Fecha de resolución: 03/09/2025
Irregularidades: Apórtese el nombre y apellidos del solicitante, de manera que quede correctamente identificado. Escriba por favor en la casilla "APELLIDOS" los correspondientes apellidos y en la casilla "NOMBRE" el nombre del solicitante.En la casilla TIPO DE DISTINTIVO ha indicado OTROS, cuando es claramen te FIGURATIVO. Salvo prueba en contrario, dicha casilla se modificará de oficio a figurativo.Deb e cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanumé ricos que aparecen en el distintivo.En caso de no contestar al suspenso se procederá a cambiar d e oficio dicha casilla con los elementos alfanuméricos que se puedan apreciar.La lista de produc tos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12 .3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:- "PES CADO , MARISCOS CONGELADOS Y FRESCOS; MARISCO" puede quedar definido como "PESCADO Y MARISCOS CONGEL ADOS Y FRESCOS (NO VIVOS)".Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por des istida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglam ento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos acepta dos, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https: //consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar la tasa ME17. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como co ntestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento p ara la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas