Información sobre la marca M4320403, registro solicitado por la empresa INDUSTRIAS CARNICAS GALLEGAS SL con el número de expediente de la Oficina Española e Patentes y Marcas M-4320403.
M-4320403
![]() | Expediente OEPM M-4320403 Tipo Fecha solicitud 23/05/2025 Estado En tramitación |
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| Fecha | Tramitación |
|---|---|
| 2025-08-11 | Publ.Suspenso solicitud de f.Resol: 04/08/2025. |
Resumen cronológico de publicaciones en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial sobre la marca M4320403
Expediente: M-4320403
Tipo Modalidad: Marca
Titular: INDUSTRIAS CARNICAS GALLEGAS SL
Identificado de publicación: 8822496
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4320403
Fecha del acuerdo: 27/10/2025
Expediente: M-4320403
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 8697724
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4320403
Fecha de resolución: 04/08/2025
Irregularidades: 1.Su distintivo es figurativo, si fuera holograma debería aportar más imágenes de la marca de movimi ento de modo que se aprecie completamente el movimiento o cambio de posición que se desea proteger ( art. 2.3.h del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). INDIQUE EN LA CONTESTACIÓN AL SUSPENSO QUE SU MARCA ES FIGURATIVA.2. Debe aportar nueva reproducción del di stintivo solicitado, dado que el aportado es ilegible o carece de nitidez suficiente para su correct a visualización, impidiendo determinar con claridad y exactitud el objeto preciso de la protección s olicitada (art. 4.b Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y 2.1 de su Reglamento de Ejecución). 3. Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfanuméricos que aparecen en el distintivo.4. La lista de productos y servicios contiene produ ctos y/o servicios definidos y/o clasificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-" PROCESADO Y CONSERVACION DE CARNE", es un servicio y debe definirse:PROCESADO Y CONSERVACIÓN DE ALIMENTOS, EN CONCRETO, DE CARNE", en la CLASE 40.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ES TABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MA RCASPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pag o se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistid a la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamen te respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo li stado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herram ienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/i nicio.action
La información sobre la marca M4320403 que aparece en esta página procede de las publicaciones digitales del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial, editado por la Oficina Española de Patentes y Marcas.