Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 23 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo + M MASVALE.
Expediente: M-4348387
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9031160
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4348387
Otra información: Y OTROS
Fecha de resolución: 16/02/2026
Irregularidades: Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo todos los elementos denominativos o alfan uméricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo se observa la denominación "+ M MASVALE". E n caso de que dichos elementos sean gráficos de fantasía, deberá hacerlo constar así en el apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA".La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -" Prendas de vestir, ropa, camisetas, sudaderas, gorras, pantalones, chaquetas, l eggings, jerseys, cazadoras, shorts, ropa deportiva, ropa de abrigo, ropa interior, vestidos, faldas , ropa de punto, calcetines, medias, guantes (prendas de vestir), bufandas, pañuelos (prendas de ves tir), sombreros, bañadores" puede quedar definido como "ropa; camisetas; sudaderas; gorras; pantalon es; chaquetas; Leggings [pantalones]; Jerseys [suéters]; cazadoras; shorts; ropa deportiva; abrigos; ropa interior; vestidos; faldas; Géneros de punto [ropa]; calcetines; medias; guantes (prendas de v estir); bufandas; Pañuelos [ropa]; sombreros; bañadores".Apórtese un nuevo listado consignándolo s correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la soli citud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Pued e consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consu ltas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (ta sa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese ab onado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la so licitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas