Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Lulú.
Expediente: M-4353192
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 9073206
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4353192
Fecha de resolución: 04/03/2026
Irregularidades: La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: -"accesorios de joye ría" es impreciso. Debe de redefinir el término ajustándose a la Clasificación o bien eliminarlo. Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos s eñalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afec tados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicament e. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/ s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTE STACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUS PENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS