Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 27 de noviembre del 2017 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo LOPD CERTIFICATE REGISTERED BY LIÑAN.
Expediente: M-3671791
Tipo Marca: Mixta
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 4095174
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 3671791
Fecha de resolución: 22/11/2017
Clases: 42
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto:"En el ambiente de LOPD" es un enunciado impreciso que tiene que ser nuevamente definido como : EN EL AMBIENTE DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCIÓN DE DATOS".Igualmente FORMACION EN LOPD, es un enunciado que o bien se suprime o bien se clasifica en la clase que pertenece que es la clase 41 como: "FORMACION EN LEY ORGANICA DE PROTECCION DE DATOS", pagando tasa por nueva clase resulante.Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento)
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artº 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la naturaleza del solicitante, toda vez que el distintivo contiene los términos "LOPD CERTIFICATE REGISTERED" (LOPD LEY ORGANICA DE PROTECCION DE DATOS), que dan la sensación de oficialidad o vinculación con organismos oficiales