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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 05 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo LITERATURA DIDEROT.


Solicitud de marca suspendida

LITERATURA DIDEROT

Expediente:  N-0486827

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  8727240

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0486827

Fecha de resolución:  29/08/2025

Irregularidades:  1.Debe indicar correctamente la dirección. Ha indicado "Moisés de León 24006 León- Piso 46 -9ºD". no tiene sentido pues ha mezclado código postal con dirección. Indique el nombre de la calle con su nú mero, piso y puerta de manera que quede claro.2. Debe corregir el apartado "reivindicación de co lor" indicando exclusivamente los colores que se visualizan en el distintivo (todos los colores o ni nguno). Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones3. El apartado "DESCRIPCIÓN" es de cumplimentación facultativa o voluntaria. En caso de indicar una descripción est a debe limitarse exclusivamente a definir las características del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Mar cas). Al ser voluntaria, no es necesaria su cumplimentación. 4. La lista de productos y servicio s contiene productos y/o servicios incorrectamente definidos (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de d iciembre, de Marcas y art.3 de su Reglamento). En concreto:-"publicación de contenidos culturales en formato impreso y digital", debe quedar definido:SERVICIOS DE PUBLICACIÓN DE CONTENIDOS CULTURA LES MULTIMEDIA, DE AUDIO Y VIDEO DIGITAL; PUBLICACION DE MATERIAL IMPRESO DE CONTENIDO CULTURAL. -"divulgación literaria", debe quedar definido:DIVULGACION DE MATERIAL EDUCATIVO LITERARIO-dif usión de artículos y recursos sobre historia de la literatura", es impreciso. En esta CLASE debe que dar definido:PUBLICACION DE ARTICULOS EDUCATIVOS SOBRE HISTORIA DE LA LITERATURASE RECUERDA QU E COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALAD OS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REG LAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASSi no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los producto s y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Apórtese un nuevo listado consignándolos corre ctamente. Para encontrar los términos aceptados, puede consultar la herramienta CLINMAR para elabora r su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 05/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8727240 

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