Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 18 de mayo del 2022 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo LINDO, bajo la titularidad de GINGER & NUNS SL.
Expediente: M-4138926
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: GINGER & NUNS SL
Identificado de publicación: 6795884
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4138926
Fecha de resolución: 10/05/2022
Clases: 30, 32
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios no están correctamente definidos. En concreto:-las bebidas carbonatadas solicitadas en la clase 30 están mal clasificadas, ya que se clasifican en la clase 32 ("bebidas sin alcohol aromatizadas y carbonatadas").-"bebidas sin gas con sabor a té" solicitadas en la clase 32 se considera impreciso, pues debe especificar que se trata de bebidas sin alcohol ("bebidas sin alcohol con sabor a té, sin gas").-"bebidas no carbonatadas" se considera impreciso, debe definirse de acuerdo al nomenclátor, especificando que tipo debebida se desea registrar, ajustándolo a su correspondiente clase. Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) describiéndolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento).Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action