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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 08 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Lifesugar.


Solicitud de marca suspendida

Lifesugar

Expediente:  M-4323487

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8728926

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4323487

Otra información:  Y OTROS

Fecha de resolución:  01/09/2025

Irregularidades:  1.Debe corregir el apartado "reivindicación de color" indicando exclusivamente los colores que se vi sualizan en el distintivo (solo un código por color). Este apartado es facultativo por lo que puede eliminar estas indicaciones.2. El apartado "DESCRIPCIÓN" es de cumplimentación facultativa o vol untaria. En caso de indicar una descripción esta debe limitarse exclusivamente a definir las caracte rísticas del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecuci ón de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Al ser voluntaria, no es necesaria su cumplimen tación. 3. La lista de productos y servicios contiene productos y/o servicios definidos y/o clas ificados incorrectamente (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3 de su Re glamento). En concreto:-"aplicación móvil", pertenece a la CLASE 09-" ios, Android y WEB", es impreciso. Consulte clasificación de niza.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE F ORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN EL SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O D IVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2 001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCASPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abon ado la totalidad de la tasaSi no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por des istida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglam ento).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Para encontrar los términos aceptado s, puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https:// consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 08/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8728926 

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