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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de septiembre del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo LICOR DE CHUCHE DE SANDIA D'SANDIA.


Suspenso de fondo de marca

LICOR DE CHUCHE DE SANDIA D'SANDIA

Expediente:  N-0479684

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Identificado de publicación:  8755175

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0479684

Fecha de resolución:  19/09/2025

Clases:  33

Motivos:  DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso, para todas las actividades solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, por consistir en una denominación descriptiva de común para las actividades reivindicadas en el sector que pretende distinguir, que no permitirá al consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial. 02) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.c) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios a los que se refieran las actividades solicitadas.En concreto, el signo solicitado "LICOR DE CHUCHE DE SANDIA D'SANDIA", está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la función y el modo para usar las propias actividades para las que se solicita el signo, toda vez que "LICOR" constituye una referencia directa a los productos ofrecidos y "DE CHUCHE DE SANDIA D'SANDIA" indican características del producto, sinque el signo contenga ningún elemento gráfico o denominativo significativo que permita al consumidor distinguir su origen empresarial de otros similares para productos similares

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 26/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8755175 

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