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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 06 de marzo del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Liberum.


Solicitud de marca suspendida

Liberum

Expediente:  M-4351652

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9063460

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4351652

Fecha de resolución:  27/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto:"Mascarillas" es impr eciso, por lo que puede quedar definido como "Mascarilla para el cabello" clase 03."bálsamos fac iales y corporales" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Bálsamo acondicionador; Bál samo capilar" clase 03."Serums" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Sérum para uso cosmético clase 03."Tónicos" es impreciso, por lo que puede quedar definido "Tónicos [cosmét icos]" clase 03."productos capilares" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Produ ctos cosméticos para el cuidado del cabello" clase 03."tratamientos y mascarillas" es impreciso, por lo que puede quedar tratamientos y mascarillas para el cabello clase 03."productos cosmétic os, de cuidado personal y de bienestar" es impreciso, por lo que puede quedar definido como "Product os cosméticos para el cuidado corporal" clase 35."gestión de tiendas online y marketplaces de pr oductos cosméticos" es impreciso, por lo que deberá ponerlo en castellano, ajustándose a la clasific ación clase 35.Los demás productos y servicios están correctamente definidos.Apórtese un nue vo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lis ta de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva c lase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónic amente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.SE RECUERDA QUE COMO CONTESTACIÓN A ESTE SUSPENSO DE FORMA SOLO SE PODRÁ MODIFICAR SUBSANANDO LOS DEFECTOS SEÑALADOS EN E L SUSPENSO, RETIRAR, LIMITAR, O DIVIDIR LA SOLICITUD, SEGÚN ESTABLECE EL ARTÍCULO 9.2 DEL REGLAMENTO PARA LA EJECUCIÓN DE LA LEY 17/2001, DE 7 DE DICIEMBRE, DE MARCAS

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 06/03/2026 Tomo: 1 Anuncio:9063460 

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